lunes, 13 de agosto de 2018

Cuando se considera abandono de trabajo?

¿ En qué momento se presenta el abandono de trabajo ante una renuncia del trabajador?

Situaciones que pueden presentarse :

a.- El trabajador renuncia por escrito sin solicitar la exoneración del pre aviso , declarando su voluntad de extinguir de inmediato el contrato de trabajo.

b.- El trabajador renuncia por escrito solicitando la exoneración del pre aviso , pero su empleador no se lo otorga , y decide no volver al trabajo.

c.- El trabajador no regresa a laborar y no señala expresamente su voluntad de renunciar.

Los tres supuestos son abandono de trabajo , y por lo tanto , es susceptible de sanción mediante el despido por causa justa : abandono del trabajo.

En caso que el trabajador no haya solicitado la exoneración del plazo de los 30 días naturales o lo haya hecho pero el empleador no se lo ha concedido, si el trabajador cesa de laborar antes de cumplirse dicho plazo incurrirá en ausencias injustificadas.

NOTA: Si acumula más de 3 faltas consecutivas configura la falta grave de abandono de trabajo.

Base legal : D.S. 003-97-TR, art. 25,  Perú.

Fuente. Noticiero del contador

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